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NOMBRES DE DOMINIOS |
Dispociciones Relevantes Relativas a
Registros de Dominios en la República Dominicana
1.-
Generalidades:
Los tipos de dominios registrables en la República
Dominicana son los siguientes:
EDU: Educación general, no
formal, instituciones de educación Superior e Investigadoras.
GOV: Para instituciones
gubernamentales.
COM: Para entidades
comerciales.
ORG: Para instituciones sin
fines de lucro.
SLD: Para
organizaciones de salud.
WEB: Para organizaciones
dedicadas al desarrollo de servicios de web
NET: Proveedores de
Servicios Internet (ISP)
MIL: Para instituciones
militares
ART: Instituciones de Arte
El dominio no debe coincidir
con ninguno de los dominios ya existentes bajo el mismo tipo de
organización. Por tanto, el solicitante de un registro de un
dominio le corresponde verificar que su solicitud no está
violando una marca de fábrica previamente registrada. Ver RFC
1591 disponible en: ftp://rs.internic.net/policy/rfc1591.txt.
El nombre del dominio no debe ser palabra alguna de tipo obscena
o que cause daños a terceros. La longitud máxima recomendada
para un nombre de dominio no debe sobrepasar los 26 caracteres
incluyendo los 5 caracteres usados para identificar el Top Level
Domain raíz del país (.do) así como los del tipo de organización
(com, edu, sld, gov, mil, org, web, net).
El nombre del dominio debe
estar constituido por letras de la (A-Z, a-z, 0-9 y -) y el
único carácter especial aceptable es el guión (-) el cual no
debe aparecer como primer o último carácter en el nombre del
dominio seleccionado.
El número mínimo de caracteres
aceptables para el nombre de un dominio es de 2 caracteres
aunque se recomienda 5 caracteres (para evitar coincidir con
algún otro ya existente). El número máximo de caracteres
aceptables es de 26 y no debe exceder de este límite.
2.-
Requisitos para solicitar un registro de dominio
.do:
- Nombre del dominio;
- Contar con por lo menos dos
(2) servidores de nombres (DNS) primario y secundario,
alejados geográficamente uno del otro (sin un punto de falla
común). Ver RFC 920 para mayor detalle;
- Nombre completo, dirección,
correo electrónico, teléfono y número de facsímile del
solicitante;
- Nombre completo, dirección,
correo electrónico, teléfono y número de facsímile del
Contacto Técnico;
- Nombre completo, dirección,
correo electrónico, teléfono y número de facsímile del
Contacto Administrativo;
3.-
Vigencia: El
registro de dominio tiene una vigencia de dos (2) años contados
a partir de su expedición. La tarifa de mantenimiento anual
cubre el mantenimiento de un dominio existente ( y por lo tanto
previamente registrado ), por el periodo de un año natural (del
1 de enero al 31 de diciembre).
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